Sí, siendo español puedes traer a tus padres de Cuba, y por una vía mejor que la reagrupación normal: la de familiar de español. No hay límite de edad y el trámite es gratuito. Pero hay una condición que decide casi todos los expedientes: demostrar que tus padres están «a tu cargo». Aquí te explicamos qué significa y cómo se prueba, actualizado a junio de 2026.
¿Esta guía es para ti?
Sí — si ya tienes la nacionalidad española y quieres traer a tu padre o a tu madre desde Cuba.
¿Todavía no eres español? Mira la reagrupación en régimen general o la nacionalidad para cubanos.
Tu vía no es la reagrupación normal
Mucha gente busca «reagrupación familiar» y acaba leyendo requisitos que no le tocan.
Si ya tienes la nacionalidad española, tus padres no van por el régimen general (el de los residentes), que para los ascendientes exige 65 años o más, que tú lleves tiempo residiendo y un seguro privado completo.
Van por la vía de familiar de ciudadano español. Desde la reforma del 20 de mayo de 2025, se tramita con el modelo EX-24 (Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024).
Lo que ganas por esta vía:
- Sin límite de edad para tus padres (no necesitan tener 65).
- Sin que tú lleves años de residencia: basta con que seas español.
- Trámite gratuito: ni la autorización ni el visado tienen tasa.
- Tarjeta de 5 años con derecho a trabajar desde el primer día.
Clave: la ventaja de la edad no es gratis. A cambio, en esta vía siempre hay que demostrar que tus padres dependen de ti. Es justo lo contrario de lo que mucha gente cree.
El requisito que lo decide todo: «a cargo»
La norma (Hoja 18 del Ministerio de Inclusión) pide que tus padres:
- vivan a tu cargo, y
- carezcan de apoyo familiar en origen (en Cuba).
O, en su defecto, que existan razones humanitarias (por ejemplo, un padre solo, enfermo y sin nadie que lo cuide).
«A cargo» significa que tú eres su sostén económico: necesitan tu ayuda material para cubrir sus necesidades básicas y esa dependencia ya existe en Cuba, antes de venir. Lo han confirmado el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la UE.
Y hay una segunda parte que se olvida y tumba expedientes: «sin apoyo familiar en origen». Si tu madre tiene otro hijo en Cuba que podría mantenerla, Extranjería puede entender que no depende solo de ti.
Cómo demostrar la dependencia (lo importante)
Aquí se gana o se pierde. No basta con decir que ayudas a tus padres: hay que probarlo con papeles.
Envíos de dinero, bien hechos
Es la prueba reina.
- A nombre de tu padre o de tu madre (envíos nominales), no a un vecino ni a un tercero.
- Periódicos, idealmente mensuales, durante al menos el último año. Cuanto más continuado, mejor.
- Por canales con justificante (remesadora o banco). Guarda todos los comprobantes.
Un envío puntual antes de pedir la cita no convence a nadie. Lo que demuestra dependencia es la constancia.
Que en Cuba no les llega
Hay que enseñar que tus padres no tienen ingresos propios suficientes: sin pensión, o con una que no cubre lo básico. Una declaración jurada suya ayuda a dejarlo por escrito.
Que dependen de ti, no de otros
Aquí entra el «sin apoyo familiar en origen»: conviene poder mostrar que no hay otro familiar en Cuba que los sostenga.
Gastos que pagas tú
Si cubres su vivienda, sus medicinas o su luz desde España, esos recibos suman.
¿Cuánto y por cuánto tiempo? No hay una cifra fija en la ley. La cantidad debe ser razonable según el costo de vida en Cuba y, sobre todo, constante, nominal y con justificante. Puntual no vale; constante sí.
Lo que te piden a ti (el hijo español)
Además de la dependencia de tus padres, Extranjería mira si tú puedes mantenerlos una vez aquí.
- Medios económicos suficientes para la familia. No hay un número rígido en esta vía; como referencia se usa el IPREM, que en 2026 sigue en 600 €/mes. La valoración es caso por caso.
- Seguro de enfermedad (público o privado) con cobertura en España.
Un detalle a tu favor: el Tribunal Supremo ha dicho que una solicitud de familiar de español no puede denegarse solo por «medios insuficientes» sin valorar tu situación completa. Si te deniegan por automatismo, hay margen para recurrir.
Los papeles cubanos (legalizados)
Sin los documentos de Cuba en regla, el expediente no arranca. Para traer a tus padres harán falta, como mínimo:
- Tu certificado de nacimiento cubano — prueba que esa persona es tu padre o tu madre. Caducidad: sin fecha oficial; preséntalo con menos de 6 meses.
- Antecedentes penales de tu padre/madre en Cuba. Caducidad: menos de 6 meses.
- Certificado médico, cuando se pida (no es exigible si la solicitud se presenta estando ya en España).
Todo debe ir legalizado por el MINJUS y por el Consulado de España. Ojo: en Cuba no existe la apostilla de La Haya —por mucho que te hablen de «apostillar»—; lo correcto es la legalización.
El proceso, paso a paso (desde Cuba)
- Reúne las pruebas de «a cargo» (envíos, declaraciones) y los papeles cubanos legalizados.
- Presenta el EX-24 en la Oficina de Extranjería de tu provincia (o por la sede electrónica Mercurio). Lo pides tú, el español, estando en España. Es gratis.
- Extranjería resuelve en unos 2 meses. Atención: aquí el silencio es negativo (si no contestan, se entiende denegado): vigila el plazo.
- Concedida la autorización, tu padre o madre tiene 1 mes para pedir en La Habana el visado de residencia de familiar de español (también gratuito).
- Viaje y TIE. Ya en España, 1 mes para pedir la tarjeta: 5 años con derecho a trabajar.
¿Eres español de origen o has vivido en otro país de la UE? Entonces puede tocarte la vía comunitaria (modelo EX-19), parecida pero con sus matices. Si dudas de cuál es la tuya, te lo aclaramos antes de empezar.
Cuánto tarda (sin promesas vacías)
- La autorización de Extranjería: unos 2 meses.
- El visado en La Habana: sale rápido una vez autorizado, pero la cita es el cuello de botella.
- Lo que más retrasa: los papeles cubanos sin preparar y la cita del Consulado.
Seamos claros: no es un trámite de un día. Por libre, solo conseguir cita de legalización en el Consulado puede llevar entre 3 y 6 meses. Por canales de bufete, ese paso baja hasta 1 mes, y mientras tú gestionas la parte de España, nosotros dejamos los documentos listos en paralelo.
Errores que tumban el expediente
- Envíos puntuales o a nombre de otra persona (no nominales).
- Padres con pensión o ingresos en Cuba sin explicar por qué no les bastan.
- Otro hijo o familiar en Cuba que podría mantenerlos (rompe el «sin apoyo en origen»).
- Documentos caducados o sin legalizar.
- Dejar pasar el silencio negativo de los 2 meses sin reaccionar.
¿Te ayudamos a traerlos?
Traer a tus padres siendo español es de las vías más favorables que hay, pero la dependencia «a cargo» hay que construirla con cabeza y con tiempo. Un equipo que conoce Cuba y Extranjería por dentro te evita los errores que dejan a una familia un año más separada.
Nosotros preparamos y legalizamos los papeles desde La Habana, te ayudamos a ordenar las pruebas de dependencia y acompañamos el expediente de principio a fin. Mira la vía de familiares de ciudadano español o escríbenos y lo vemos contigo.
Preguntas frecuentes
¿Hay edad mínima para traer a mis padres siendo español?
No. A diferencia de la reagrupación general (que pide 65 años o más), por la vía de familiar de español no hay límite de edad. A cambio, siempre tienes que demostrar que están a tu cargo.
Mis padres cobran una pensión en Cuba, ¿puedo traerlos igual?
Sí, es posible si esa pensión es insuficiente y dependen económicamente de ti. La clave es demostrarlo: que lo que reciben no cubre lo básico y que tus envíos son su verdadero sustento.
¿Cuánto dinero debo enviarles y durante cuánto tiempo?
No hay una cifra fija en la ley. Se valora que los envíos sean a su nombre, periódicos (mejor mensuales), durante al menos el último año y suficientes para sus necesidades en Cuba. Cuanto más continuado, mejor.
¿Tengo que demostrar que no tienen a nadie más en Cuba?
Sí. La norma pide que tus padres «carezcan de apoyo familiar en origen». Si hay otro familiar cercano que pueda mantenerlos, conviene aclararlo desde el principio.
¿El trámite tiene coste?
La autorización (EX-24) y el visado de familiar de español son gratuitos. El gasto real es preparar y legalizar los documentos cubanos; nosotros lo hacemos por 280 € por documento, precio cerrado.
Fuentes
¿Español con los padres en Cuba?
Te preparamos los papeles cubanos y ordenamos las pruebas de que están a tu cargo. Precio cerrado.
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