Por ser Cuba un país iberoamericano, pides la nacionalidad española con solo 2 años de residencia legal —no los 10 del régimen general— y sin renunciar a la cubana. Obtenemos y legalizamos tus documentos en Cuba y armamos todo tu expediente.
La vía de residencia tiene cinco requisitos. Los cuatro últimos son iguales para cualquier extranjero; el primero es donde Cuba tiene ventaja.
Legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. No los 10 años del régimen general: Cuba es país iberoamericano.
Sin antecedentes penales en España ni en Cuba. Los de Cuba, legalizados ante el MINJUS y el Consulado de España.
Conocimientos constitucionales y socioculturales, del Instituto Cervantes. Los cubanos están exentos del examen DELE A2.
Certificado de nacimiento literal cubano y el resto del expediente, legalizados y presentados en regla.
Al concederse la nacionalidad, tienes 180 días para jurar o prometer fidelidad e inscribirla.
¿Cumples ya los 2 años? Escríbenos y revisamos tu residencia, tus documentos y el presupuesto cerrado — gratis y el mismo día.
La nacionalidad mezcla documentos cubanos —que hay que obtener y legalizar— y documentos españoles. Nosotros nos ocupamos de los primeros y te guiamos con los segundos.
Los certificados cubanos tienen una validez corta: planificamos la legalización para que lleguen frescos a la presentación.
Tú preparas lo de España; nosotros conseguimos Cuba y armamos y presentamos tu expediente.
Comprobamos que cumples los 2 años, qué documentos te faltan y el presupuesto cerrado — gratis y el mismo día.
Obtenemos tu nacimiento literal y tus antecedentes, y los legalizamos ante el MINJUS y el Consulado de España.
Montamos el expediente y lo presentamos de forma telemática en el Ministerio de Justicia. Seguimos el estado por ti.
Concedida la nacionalidad, te acompañamos con la jura ante el Registro Civil y el alta del DNI y el pasaporte.
Con la nacionalidad concedida e inscrita, tienes todos los derechos de cualquier ciudadano español.
Documentación española de pleno derecho, para siempre y sin renovar permisos.
Vives, trabajas y viajas por toda la Unión Europea sin visados ni permisos.
No renuncias a ser cubano: conservas ambas nacionalidades en la práctica.
Votas en todas las elecciones y puedes opositar y acceder al empleo público.
Te los damos con su margen y su motivo, que es más útil que un número redondo.
El plazo legal es de 1 año, con silencio administrativo negativo, pero en la práctica depende del volumen del Registro.
Obtención y legalización del nacimiento literal y los antecedentes, listos para presentar.
El plazo para jurar o prometer ante el Registro Civil una vez concedida la nacionalidad.
El precio final puede variar según tu caso y los documentos cubanos que necesites. Tasas oficiales aparte.
Pago en plazos · Contrato por escrito.
Escríbenos por WhatsApp o llámanos y te explicamos tu caso con calma, las veces que haga falta.
Estamos donde nacen tus documentos y donde se presentan: un equipo en España y otro en La Habana, coordinados como uno solo.
Solo 2 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, frente a los 10 del régimen general. Cuba es país iberoamericano y el artículo 22 del Código Civil reduce el plazo a 2 años.
No. Los cubanos están exentos del DELE A2 por ser nacionales de un país donde el español es lengua oficial. Sí hay que hacer el examen CCSE —conocimientos constitucionales y socioculturales de España— del Instituto Cervantes.
No. Por ser Cuba un país iberoamericano, no tienes que renunciar de forma efectiva a tu nacionalidad cubana. La renuncia que se firma en la jura es una formalidad sin efecto real, y conservas ambas nacionalidades en la práctica.
El certificado de nacimiento literal cubano y el certificado de antecedentes penales de Cuba, ambos legalizados por vía consular —Cuba no está en el Convenio de La Haya, así que no se apostillan—. Los antecedentes deben estar recién emitidos, normalmente con menos de 3 meses.
El plazo legal de resolución es de 1 año, con silencio administrativo negativo, pero en la práctica suele tardar entre 12 y 24 meses según el volumen del Registro. Al concederse, tienes 180 días para jurar ante el Registro Civil.
Lo primero es regularizarte. Si llevas tiempo en España, podemos empezar por tu arraigo: cuando cumplas los 2 años de residencia legal, pasamos a la nacionalidad.
La nacionalidad depende de dos piezas: tu residencia en España y tus documentos de Cuba. Si te falta cualquiera de las dos, también nos ocupamos.
Evaluación gratuita: revisamos tu residencia, te decimos qué documentos necesitas y el presupuesto cerrado. Te respondemos el mismo día.