Cuba ⇄ España
Legalización de documentos

Los obtenemos y legalizamos para que tu papel sea válido al otro lado, en los dos sentidos.

Cuba España · Familia
Reagrupación familiar

Tu cónyuge, hijos o padres, de La Habana a casa. Dos vías según quién reagrupa:

Cuba ⇄ España · en mano
Envío de documentos

¿Solo mover el original, sin legalizar? La valija en mano, en los dos sentidos.

Ver el servicio
De La Habana a tu casa en España

Trae a tu familia desde Cuba a España.

Reagrupa a tu cónyuge, hijos o padres. Coordinamos la autorización en Extranjería y el visado en el Consulado de España en La Habana, y obtenemos y legalizamos todos tus documentos cubanos. Un solo equipo en los dos lados.

Visado en La Habana coordinado Documentos cubanos incluidos Tu familiar podrá trabajar
Familia cubana reunida en España tras la reagrupación familiar
Visado de reagrupación
Residencia y trabajo
Antes de seguir

¿Ya eres ciudadano español?

Entonces tu vía es otra — y mejor: sin residencia previa, visado gratuito, hijos hasta 26 y padres 80+ presumidos a cargo. Consulta esta página →

Familiares reagrupables

¿A quién puedes traer desde Cuba?

Estos son los familiares que puedes reagrupar en el régimen general. ¿Eres español? Tu página es esta. Revisamos tu caso para confirmar cuál encaja.

Cónyuge o pareja

Tu esposo/a (matrimonio válido y no separado) o tu pareja de hecho registrada o con convivencia estable acreditada.

MatrimonioPareja de hecho

Hijos menores

Tus hijos o los de tu cónyuge menores de 18 años. Si son del cónyuge, hace falta acreditar la patria potestad y el consentimiento.

Menores de 18

Hijos con discapacidad

Hijos mayores de edad con discapacidad, o que dependan de ti de forma real y constante (envíos acreditados de 12-24 meses, solteros y sin núcleo propio).

Mayores con discapacidad

Padres (ascendientes)

Tus padres o suegros mayores de 65 años y a tu cargo. Es el caso más exigente: requiere ser residente de larga duración.

+65 a tu cargoLarga duración

Menores bajo tu tutela

Menores o incapaces sobre los que ostentas la representación legal conforme al ordenamiento español.

Representación legal

¿Dudas con tu caso?

Cuéntanos a quién quieres traer y tu situación, y te decimos si cumples los requisitos y qué documentos necesitas — gratis.

Evaluación gratis
Requisitos del reagrupante

Lo que tú necesitas para reagrupar.

En el régimen general, quien está en España debe cumplir estos requisitos. Te ayudamos a acreditarlos.

Residencia previa

Al menos 1 año de residencia legal y haber solicitado la renovación. Para padres, ser residente de larga duración.

Medios económicos

Unidad de 2 personas: ~900 €/mes (150% IPREM), +300 €/mes por cada familiar más. IPREM 2026: 600 €/mes (congelado).

Vivienda adecuada

Informe de adecuación de la vivienda emitido por tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.

Asistencia sanitaria

Cobertura por la Seguridad Social o un seguro médico para todos los miembros de la familia.

Documentos necesarios

El expediente, papel por papel.

La reagrupación mezcla documentos cubanos (que hay que obtener y legalizar) y documentos españoles. Nosotros nos ocupamos de los primeros y te guiamos con los segundos.

Lo hacemos nosotros

Documentos cubanos

Los obtenemos en Cuba y los legalizamos ante el MINJUS y el Consulado de España en La Habana.

  • Certificado de matrimonio Para reagrupar al cónyuge. Legalizado y reciente.
  • Certificado de nacimiento de los hijos Acredita la filiación para reagrupar a tus hijos.
  • Tu nacimiento (para padres) Acredita el vínculo con tus ascendientes.
  • Antecedentes penales del familiar Para los familiares mayores de edad. Menos de 6 meses.
  • Certificado médico del familiar Del médico de familia, con firmas de salud. Menos de 6 meses.
Te guiamos paso a paso

Documentos en España

Te preparamos el expediente del reagrupante y te decimos qué reunir.

  • Solicitud (modelo EX-02) y tasa modelo 790, código 052
  • TIE en vigor del reagrupante
  • Informe de adecuación de vivienda (CCAA o Ayuntamiento)
  • Medios económicos Nóminas, contrato, vida laboral o declaración de la renta.
  • Pasaportes del reagrupante y del familiar, y seguro/sanidad

Los documentos exactos dependen del familiar y de tu Comunidad Autónoma. Te damos la lista cerrada para tu caso.

Cómo funciona

De España a La Habana, y de vuelta a casa.

Coordinamos las dos orillas del trámite: la autorización en Extranjería y el visado en el Consulado de La Habana.

Solicitamos en España

Preparamos y presentamos la autorización de reagrupación (EX-02) en tu Oficina de Extranjería, con vivienda y medios acreditados.

Legalizamos Cuba

Nuestro equipo en La Habana obtiene y legaliza el matrimonio, los nacimientos, los antecedentes y el certificado médico de tu familiar ante el MINJUS y el Consulado.

Visado en La Habana

Concedida la autorización, tu familiar pide cita y solicita el visado de reagrupación en el Consulado de España. Coordinamos los plazos.

Llega y se queda

Tu familiar entra en España y solicita la TIE en los 30 días siguientes. Ya está contigo, con residencia y permiso de trabajo.

Qué obtiene tu familiar

En España, contigo y con futuro.

Al llegar con el visado de reagrupación, tu familiar obtiene:

Residencia y TIE

Autorización de residencia legal en España y su Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Permiso de trabajo

Con el nuevo reglamento, cónyuge, pareja e hijos pueden trabajar desde el primer día, sin trámite extra.

Sanidad y educación

Acceso a la sanidad pública y a la educación, como cualquier residente.

Residencia propia

Con el tiempo, puede independizar su residencia de la tuya y seguir su propio camino.

Plazos reales

Tiempos honestos, no promesas vacías.

Estimaciones según nuestros últimos expedientes y los plazos oficiales de 2026. Dependen de Extranjería, de la legalización en Cuba y de la cita en el Consulado de La Habana.

De principio a fin
Proceso completo
6–12 meses

Tiempo realista de extremo a extremo en régimen general si cada pieza va por libre. Con las dos orillas coordinadas (documentos en paralelo y citas vigiladas) se recortan meses; solo la cita de legalización por tu cuenta ya puede comerse de 3 a 6 meses — por canales de bufete, hasta 1 mes.

Autorización Documentos Visado TIE
Autorización en España

Resolución de Extranjería. Plazo legal de 2 meses; en la práctica suele ir de 2 a 4 (hay retrasos reportados de hasta 5).

2–4meses
Visado en La Habana

Tu familiar tiene 2 meses para pedirlo tras la concesión. Cita por correo + resolución (~45 días una vez admitido).

1–2meses
Precio

Acompañamiento completo, precio claro.

El precio depende del número de familiares y del régimen. Te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.

Servicio de reagrupación

Las dos orillas del trámite, coordinadas por un solo equipo.

Estudio del caso, autorización en España, legalización de tus documentos cubanos y coordinación del visado en el Consulado de La Habana.

  • Autorización y expediente en España
  • Documentos cubanos legalizados
  • Coordinación del visado en La Habana
Desde
750€

El precio final puede variar según el número de familiares y el régimen. Tasas oficiales aparte.

Pedir presupuesto
Pago en plazos · Contrato por escrito
Preguntas frecuentes

Dudas sobre la reagrupación.

Lo que más nos preguntan los cubanos sobre traer a su familia, con datos correctos de 2026.

En el régimen general necesitas al menos 1 año de residencia legal y haber solicitado la renovación. Para reagrupar a tus padres debes ser residente de larga duración. Si eres español, vas por la vía de familiar de ciudadano español: no exige tiempo previo — ni siquiera haber residido en España.
En el régimen general, para una unidad de 2 personas (tú y un familiar) se pide el 150% del IPREM, unos 900 €/mes, y un 50% más (unos 300 €/mes) por cada familiar adicional. El IPREM 2026 es de 600 €/mes (congelado). Para hijos menores, el listón baja (criterio IMV).
Sí. Con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), la autorización por reagrupación habilita automáticamente a trabajar por cuenta ajena o propia, sin trámite adicional, para el cónyuge, la pareja y los hijos.
Según el familiar: certificado de matrimonio (cónyuge), certificado de nacimiento de los hijos o el tuyo (para padres), y para el visado los antecedentes penales del mayor de edad y un certificado médico — ambos con menos de 6 meses. Todos legalizados por el MINJUS y el Consulado, ya que Cuba no está en el Convenio de La Haya: no se apostillan.
Enviar dinero de vez en cuando no basta: Extranjería busca una dependencia real y constante. Lo que funciona: justificantes de envíos de los últimos 12-24 meses (que cubran al menos el 51% del PIB per cápita de Cuba), declaración jurada de sustento ante notario o acreditar que pagas su vivienda. Además debe ser soltero y sin núcleo familiar propio. Si eres español, tus hijos hasta los 26 entran sin probar dependencia.
En el Consulado de España en La Habana, el único en Cuba, dentro de los 2 meses siguientes a la concesión de la autorización. La cita puede tardar según la saturación del consulado; nosotros coordinamos los tiempos para que todo encaje.
No. Si eres español o ciudadano de la UE, vas por el régimen de familiar de ciudadano español, más rápido y sencillo. Tienes su página completa aquí: familiares de ciudadano español.
Reúne a tu familia

Cuéntanos a quién quieres traer y te decimos cómo.

Evaluación gratuita: revisamos tu caso, te decimos si cumples los requisitos, qué documentos necesitas y el presupuesto cerrado. Te respondemos el mismo día.

Respuesta el mismo día Presupuesto cerrado y gratuito Sin compromiso ni letra pequeña