El 1 de junio de 2026, la Unión Europea cerró un acuerdo político para endurecer y agilizar las expulsiones de migrantes en situación irregular. Es un texto todavía provisional, pero conviene entender —con calma y con datos— a quién afecta y qué pueden hacer los cubanos que viven en España.
Qué ha acordado exactamente la UE
El Parlamento Europeo, la Comisión y el Consejo de la UE alcanzaron el 1 de junio de 2026 un acuerdo político provisional sobre un nuevo Reglamento de Retorno, según informaron Público e Infobae. El objetivo declarado es acelerar la repatriación de quienes reciben una orden de salida.
Las medidas principales del acuerdo son:
- Centros de retorno en terceros países distintos al de origen, siempre que exista un acuerdo previo y se respete el principio de no devolución.
- Una Orden Europea de Retorno, que permitirá el reconocimiento mutuo entre Estados de las decisiones de expulsión.
- La obligación de «cooperar activamente» en el propio retorno; su incumplimiento puede acarrear sanciones, desde la retirada de prestaciones y del permiso de trabajo hasta consecuencias penales.
- Posibilidad de internamiento de hasta 30 meses en casos de riesgo de fuga o amenaza para la seguridad.
Clave: es un acuerdo provisional. El texto aún debe pasar la revisión jurídico-lingüística, votarse en el Parlamento Europeo y ser aprobado por el Consejo. Todavía no es ley en vigor.
A quién afecta (y qué protege)
La norma se dirige a personas en situación irregular con una orden de retorno. Como Cuba no es Estado miembro de la UE, los cubanos sin residencia legal entran en su ámbito de aplicación, tal y como recoge Directorio Cubano.
Ahora bien, el propio texto mantiene de forma expresa el principio de no devolución: nadie puede ser enviado a un país donde pueda sufrir persecución, tortura o tratos inhumanos. También se prohíbe internar a menores no acompañados en los centros de retorno.
Y no afecta a quienes ya tienen su situación ordenada: residencia legal, un procedimiento de asilo abierto, vínculos familiares con ciudadanos de la UE o quienes se acojan a la regularización extraordinaria que sigue abierta en España hasta el 30 de junio.
¿Cuándo entraría en vigor?
Nada cambia de un día para otro. Tras el acuerdo del 1 de junio queda pendiente la votación formal y, una vez aprobado y publicado, la mayoría de las disposiciones se aplicarían doce meses después, aunque algunos aspectos podrían adelantarse. España fue, de hecho, el único Estado que se opuso al enfoque inicial de la norma, según Infobae. Hay margen, por tanto, para ordenar la propia situación sin precipitarse.
Qué puedes hacer ahora (sin agobios)
La mejor respuesta a un endurecimiento de los retornos es tener los papeles en regla. Si vives en España, conviene:
- Regularizarte si cumples los requisitos: el plazo de la regularización extraordinaria acaba el 30 de junio de 2026.
- Mantener el empadronamiento al día y guardar pruebas de tu estancia en España.
- Tener listos los documentos de Cuba que piden los trámites: certificado de antecedentes penales, partida de nacimiento o de matrimonio, debidamente legalizados o apostillados.
- Si tienes un asilo abierto o una denegación, valorar con asesoría los recursos disponibles antes de recibir cualquier orden de salida.
En Legalízanos ayudamos justamente en ese cuello de botella: conseguir y legalizar desde España los documentos cubanos que tu expediente necesita, y orientarte sobre la vía que te corresponde. Si tienes dudas sobre tu caso, escríbenos y lo vemos contigo.
Fuentes
- Público — La UE sella el reglamento para agilizar expulsiones y crear centros de migrantes en terceros países
- Infobae — La UE sella el reglamento para agilizar expulsiones y crear centros de migrantes
- Moncloa.com — Parlamento Europeo y Consejo acuerdan el nuevo reglamento de retorno
- Directorio Cubano — Unión Europea endurece su política migratoria: expulsarán migrantes a terceros países