Cuba ⇄ España
Legalización de documentos

Los obtenemos y legalizamos para que tu papel sea válido al otro lado, en los dos sentidos.

Cuba España · Familia
Reagrupación familiar

Tu cónyuge, hijos o padres, de La Habana a casa. Dos vías según quién reagrupa:

Cuba ⇄ España · en mano
Envío de documentos

¿Solo mover el original, sin legalizar? La valija en mano, en los dos sentidos.

Ver el servicio
Regularización Guía

Arraigo social o sociolaboral: ¿cuál te conviene siendo cubano?

19 jun 20266 min lectura

Desde la reforma de extranjería de 2025, los cubanos que llevan 2 años en España tienen dos vías de arraigo muy parecidas que la gente confunde: el social y el sociolaboral. La diferencia que lo decide casi todo es una: si tienes o no un contrato de trabajo. Te lo comparamos para que elijas bien.

Actualizado a junio de 2026.

La diferencia, en una frase

Con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025:

  • Arraigo social — para quien no tiene contrato: acreditas un informe de integración social de tu Comunidad Autónoma o un vínculo familiar con un residente legal, más medios económicos.
  • Arraigo sociolaboral — para quien sí tiene contrato: uno o varios contratos por cuenta ajena que sumen ≥ 20 h/semana y garanticen al menos el SMI o el salario del convenio. Es la figura que antes se llamaba arraigo laboral.

Los dos exigen 2 años de permanencia (antes eran 3) y dan una autorización inicial de 1 año, renovable. La elección, casi siempre, la marca el contrato.

Comparativa lado a lado

 Arraigo socialArraigo sociolaboral
Tiempo en España2 años continuados2 años continuados
¿Contrato de trabajo?No hace falta (uno o varios)
Qué acreditasInforme de integración de tu CA o vínculo familiar con residente legal + medios económicosContrato(s) ≥ 20 h/semana y ≥ SMI o convenio
¿Cuenta propia?Vale como medios de vidaNo da acceso a esta vía
Antes se llamabaArraigo socialArraigo laboral
Autorización1 año, renovable1 año, renovable
Documentos cubanosAntecedentes penales (+ nacimiento/matrimonio si hay vínculo), legalizadosAntecedentes penales, legalizados

¿Cuál te conviene?

Una regla sencilla:

  • Tienes una oferta o un contrato que cumple los mínimos (≥ 20 h, ≥ SMI) → te encaja el sociolaboral.
  • No tienes contrato, pero llevas 2 años, estás integrado y puedes pedir el informe de integración de tu Comunidad Autónoma (o tienes vínculo familiar con un residente legal) → tu vía es el social.
📌

Clave: no es una elección de "marca". Pides la figura para la que cumples los requisitos hoy. Si dudas, en la consulta gratuita miramos tu caso y te decimos cuál te corresponde.

Lo que comparten (y es donde entramos nosotros)

Cambie la vía o no, la parte cubana es la misma: necesitarás tus documentos de Cuba legalizados ante el MINJUS y el Consulado de España en La Habana. El certificado de antecedentes penales es imprescindible en ambos; según tu caso, también el nacimiento o el matrimonio. Tienes la lista al detalle en documentos para el arraigo social.

Y recuerda: los documentos cubanos no se apostillan, se legalizan (Cuba no está en el Convenio de La Haya). Lo explicamos en apostilla o legalización.

¿Te decimos cuál es tu arraigo? Cuéntanos tu situación y te orientamos gratis. Y si necesitas los papeles de Cuba, los obtenemos y legalizamos por ti.
Escríbenos por WhatsApp

Qué puedes hacer hoy

  1. Mira si tienes (o puedes conseguir) un contrato que cumpla los mínimos: eso decide social vs sociolaboral.
  2. Comprueba tus 2 años con el empadronamiento histórico.
  3. Pide tus documentos cubanos y legalízalos cuanto antes — son los que más tardan. De eso nos encargamos nosotros.
  4. Monta el expediente (EX-10, tasa 790-052) y preséntalo.

Te acompañamos de principio a fin en nuestro servicio de arraigo, y resolvemos la parte cubana en legalización de documentos cubanos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre arraigo social y sociolaboral?

El contrato de trabajo. El social no lo exige (informe de integración o vínculo + medios); el sociolaboral sí (contratos ≥ 20 h/semana y ≥ SMI). Ambos piden 2 años.

¿El arraigo laboral sigue existiendo?

La vía con contrato pasó a llamarse arraigo sociolaboral con el RD 1155/2024. Si buscabas el arraigo laboral, esa es tu figura.

¿Vale el trabajo por cuenta propia para el sociolaboral?

No. Se acredita con contratos por cuenta ajena. La cuenta propia no da acceso a esta vía.

¿Y si no tengo contrato?

Tu vía suele ser el arraigo social: informe de integración de tu CA o vínculo familiar, más medios económicos.

¿Qué documentos cubanos necesito en ambos?

Los antecedentes penales de Cuba son imprescindibles en los dos; según el caso, también nacimiento o matrimonio. Todos legalizados (MINJUS + Consulado).


¿Te afecta?

Sea cual sea tu vía, los papeles de Cuba los hacemos nosotros

Antecedentes, nacimiento o matrimonio: los obtenemos y legalizamos (MINJUS + Consulado) para tu arraigo.

Consúltanos gratis

¿Social o sociolaboral? Te lo decimos en 5 minutos

Cuéntanos tu situación y el contrato que tengas (o no). Te orientamos gratis y, si quieres, te resolvemos los papeles de Cuba.

Consulta gratuita por WhatsApp