Resolvemos tus dudas
Encuentra toda la información sobre nuestros servicios de extranjería, visados y legalización de documentos.
Precios y Pagos
No. El precio que te damos es cerrado. Si durante el proceso aparece algo inesperado que tiene coste adicional (raro, pero puede pasar), te llamamos ANTES de gastar un euro y tú decides si seguir.
No. Las únicas cantidades adicionales son las tasas oficiales de organismos públicos (gobierno cubano, Extranjería española), que son fijas y te las detallamos antes de empezar.
Te devolvemos la primera cuota. Si el problema es del lado de Cuba y podemos intentar una vía alternativa, te lo proponemos. Si no hay solución, te devolvemos el dinero.
Sí. A partir de 3 documentos, -10% sobre el total. Si es una gestión familiar (varios miembros, misma familia), te hacemos precio paquete. Escríbenos y te damos cifra exacta.
Legalización de Documentos Cubanos
No. Cuba no está en el Convenio de La Haya, así que la apostilla no aplica. El equivalente es la legalización consular: MINJUS + Consulado de España en La Habana. Si alguien te ofrece 'apostillar' un documento cubano, desconfía — no existe ese trámite.
Con nuestro servicio completo (obtención + MINJUS + Consulado + envío a domicilio), desde 250€. El precio incluye todo excepto las tasas oficiales del gobierno cubano, que te detallamos antes de empezar. Pago en 2 cuotas sin intereses.
Plazo estándar: 1-2 meses. Servicio exprés: 1 mes. Estos plazos dependen de la situación en Cuba en cada momento (disponibilidad del registro, volumen del MINJUS, citas del Consulado). Te damos una estimación realista al empezar y te informamos si hay cambios.
Depende del trámite para el que los necesites. Para extranjería (arraigo, renovaciones), generalmente 6 meses desde la expedición. Para nacionalidad, algunos documentos tienen validez de 3-6 meses. Te asesoramos para que no se te caduquen antes de poder usarlos.
Sí, si tu documento ya fue obtenido en Cuba pero solo necesita la legalización en MINJUS y/o Consulado, ofrecemos el servicio de 'solo legalización' a un precio reducido. Escríbenos con una foto del documento y te decimos qué pasos le faltan.
Si detectamos un error en el documento antes de legalizarlo, te lo comunicamos y gestionamos la corrección en el registro civil cubano. Mejor detectar un error ahora que cuando Extranjería te devuelva el expediente por un dato incorrecto.
Sí, pero los documentos académicos tienen un paso extra: antes del MINJUS, deben ser legalizados por el Ministerio de Educación Superior (MES) si son universitarios, o por el Ministerio de Educación (MINED) si son de enseñanza media. Gestionamos todo el proceso completo.
Arraigo Social y Residencia
Depende de la provincia. Los plazos de arraigo varían: en Madrid 4-8 meses, en Valencia 3-5 meses. El plazo legal máximo que tiene Extranjería es de 3 meses, pero en la práctica suele tardar más. Si pasan 3 meses sin respuesta, opera el silencio administrativo positivo (técnicamente está aprobado). Te avisamos y guiamos en cada fase del proceso.
No con el arraigo social estándar — hasta que no tengas la resolución favorable y tu TIE (tarjeta de identidad), no puedes trabajar legalmente. Sin embargo, con la regularización extraordinaria de 2026, sí estás habilitado para trabajar desde el mismo momento de la presentación de la solicitud.
Necesitas un contrato con un mínimo de 20 horas semanales y una duración mínima de 1 año, con un salario que sea al menos proporcional al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El contrato debe describir la actividad, incluir los datos completos del empleador, y estar firmado por ambas partes. Nosotros revisamos el contrato antes de presentarlo para asegurar que cumple todos los requisitos.
Puedes optar por el arraigo por vínculos familiares (si tienes cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal en España) siempre que ellos puedan acreditar medios económicos suficientes para mantenerte. Otra opción es presentar un plan de negocio robusto para trabajar por cuenta propia (autónomo). Te asesoramos sobre cuál es la mejor vía según tu situación.
El documento en sí no tiene fecha de caducidad impresa, pero la oficina de Extranjería suele exigir que tenga menos de 6 meses desde su fecha de expedición. Si tus antecedentes penales tienen más de 6 meses, es muy probable que te los pidan de nuevo actualizados. Nosotros te orientamos sobre los plazos para gestionarlos en el momento justo y que no se te caduquen.
Nacionalidad Española
El plazo general es de 10 años de residencia legal y continuada. Sin embargo, hay excepciones importantes: si estás casado/a con un ciudadano/a español/a, el plazo se reduce a solo 1 año de residencia. Si puedes acogerte a la Ley de Memoria Democrática por tener ascendencia española (padres o abuelos españoles de origen), los plazos y requisitos cambian completamente. Te evaluamos gratis para determinar con exactitud tu vía.
El CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) es un examen obligatorio de 25 preguntas tipo test sobre la Constitución, la organización del Estado, la cultura y la sociedad española. Se aprueba con un mínimo de 15 aciertos. Se realiza presencialmente en centros oficiales del Instituto Cervantes. Hay manuales y aplicaciones oficiales de preparación gratuitos. Con la preparación adecuada, la inmensa mayoría de nuestros clientes lo aprueba a la primera.
Sí, absolutamente. Puedes presentar una nueva solicitud de nacionalidad cuando hayas corregido el motivo exacto de la denegación. Los motivos más comunes suelen ser: presentación de documentación caducada o sin legalizar, ausencias de España superiores a las permitidas por ley, o tener antecedentes penales no cancelados. Analizamos tu caso en detalle desde el principio precisamente para evitar pasar por una denegación.
Visados
La cita del Consulado debe hacerla la persona que solicita el visado, presencialmente en La Habana. Lo que sí hacemos es preparar TODA la documentación desde España para que cuando tu familiar o tú vayáis a la cita, solo tengáis que entregar el sobre. Sin improvisar nada.
Depende del tipo. Visados de estudios: 15-30 días. Visados de trabajo o reagrupación: 30-60 días. El Consulado puede pedir documentación adicional, lo que alarga el plazo. Si eso pasa, te avisamos y preparamos lo que pidan.
Si te deniegan, analizamos el motivo y evaluamos si cabe recurso o nueva solicitud. Los motivos más comunes de denegación son: documentación incompleta (por eso revisamos todo antes), medios económicos insuficientes, o dudas sobre el propósito del viaje. Si vemos riesgo alto de denegación antes de empezar, te lo decimos.
No. Te permite residir en España durante 3 meses (prorrogable a 12) mientras buscas empleo. Una vez encuentres trabajo y firmes contrato, se convierte en autorización de residencia y trabajo. Es un primer paso, no un permiso de trabajo directo.
Reagrupación Familiar
El proceso total suele tardar entre 4 y 10 meses. Se divide en dos fases: Fase España (resolución del expediente) que toma unos 3-6 meses, y Fase Cuba (conseguir cita y visado) que suma 1-4 meses adicionales. Las capitales grandes como Madrid suelen ser más lentas por el volumen de extranjería. Valencia puede ser algo más rápida. Te daremos una estimación específica según tu provincia.
Sí, pero es el escenario más complejo. Generalmente necesitas poseer una residencia de larga duración (5+ años) o ser español, y sobre todo, debes demostrar con documentos bancarios que dependen económicamente de ti (envío regular de remesas durante al menos un año previo). Los requisitos económicos (IPREM) son notablemente más altos. Es difícil, pero muy factible si se prepara correctamente.
Sí. A diferencia de otros visados que requieren trámites extras, el visado de reagrupación familiar ya incluye por defecto la autorización para trabajar. Tu cónyuge o hijo en edad laboral podrá empezar a trabajar por cuenta ajena (y en muchos casos por cuenta propia) desde el momento en que pise España y obtenga su tarjeta TIE.
Los motivos más comunes de denegación son: medios económicos insuficientes según el IPREM, vivienda declarada como inadecuada, o aportar documentación incompleta/caducada de Cuba. Si te la deniegan, nosotros analizamos jurídicamente el motivo, evaluamos si cabe un recurso de reposición o alzada, y si no, te orientamos sobre qué mejorar para presentar una nueva solicitud sin repetir el error.
Rotundamente no. El visado de estancia (turista) NO se puede convertir en residencia por reagrupación familiar estando en España. Es un error gravísimo y muy común. Tu familiar tendría que salir de España, volver obligatoriamente a Cuba, y solicitar allí el visado específico de reagrupación en el Consulado. Hazlo bien desde el principio para evitar perder tiempo, dinero y arriesgar una deportación.